Hoy les quiero proponer un extraño e hipotético caso legal. No se planteen de dónde sale sino su posibilidad de que ocurra y las implicaciones legales que pueda tener.
Imaginen que por un extraño azar del destino heredo de un familiar dos cuadros de Picasso. Son dos cuadros que nadie conoce excepto mi familia que los ha tenido cien años en casa y son Picassos auténticos. Cualquier experto podría certificarlo. Imaginen ahora que el Museo Picasso descubre que yo tengo esos cuadros en mi casa y se ofrece para catalogarlos y fotografiarlos e incluirlos en la obra del autor malagueño. Hasta ahora todo va bien ¿no?
Pero imaginen que por una ley, el Estado quiere quedarse con mis cuadros, bien en depósito o bien por incautación y los declara Bien de Interés Público y un día recibo una carta en el que se conmina a ceder mis cuadros al Museo Picasso.
Imaginemos varias hipótesis.
Hipótesis 1. Una vez recibida la carta decido ceder en depósito temporal los cuadros al Museo. ¿Siguen siendo míos? ¿Mantengo mis derechos sobre ello? ¿Volveré a verlos en mi salón sobre la chimenea?
Hipótesis 2. Una vez recibida la carta decido destruir los cuadros antes de que se lo lleven a Barcelona. En una sencilla ceremonia grabada en vídeo rocío de gasolina los cuadros y los quemo. ¿Cometo un delito? ¿Puedo destruir mi propiedad? (No piensen en repercusiones morales sino legales).
Hipótesis 3. (Esta es la que me da morbo). Como soy muy mal pensado y un jetas de cuidado, cuando recibo la visita del Museo les niego la entrada, no ven mi cuadro y les despido con recuerdos para el President, pero en un vídeo similar al del punto 2 amenazo con quemar mis cuadros si no me los compra alguien por 200.000 € en un plazo de 2 meses (precio medio normal en subastas). Cumplido el plazo quemo un cuadro siguiendo los pasos de la hipótesis
Como sé que varios abogados leen este blog les planteo este divertimento legal. Seguro que ustedes abogados o no pueden hacer interesantes indicaciones al respecto. Espero ansioso sus comentarios.

